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La supervisión independiente o 'de tercera parte'

OPINIÓN: Todavía se pueden generar más instrumentos de vigilancia que aseguren calidad y eficiencia en la aplicación de recursos, y salvaguarden vidas humanas.
mié 22 noviembre 2017 04:26 PM
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539_Opinión_Hirata - (Foto: ESPECIAL/FOTO: iStock)

Nota del editor: Esta columna de Opinión se publicó originalmente en la  edición 539  de la revista Obras, 'Informe proveedores: el mejor socio', correspondiente a noviembre de 2017.

(CIUDAD DE MÉXICO) – La vigilancia o inspección de las nuevas construcciones, renovaciones, modificaciones y ampliaciones está determinada por instrumentos normativos de planeación, donde se vigila el uso del suelo y las densidades, y por las obras públicas y de infraestructura y los reglamentos o códigos de construcción de la edificación.

En el marco de sus atribuciones, los gobiernos, tanto federal como locales, tienen esa responsabilidad.

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En lo que toca a la supervisión, ésta puede formar parte de la misma empresa. Sin embargo, existen muchos intereses que propician una mayor vigilancia por parte de terceros: algunos son de tipo económico o financiero, como es cuando interviene un crédito puente o cuando existen recursos de gobierno originados por una licitación pública.

La supervisión 'de tercera parte', reconocida cada vez más en las prácticas constructivas en muchos países, se ha fortalecido para contar con un dictamen u opinión profesional, imparcial y calificada, y evitar mayores riesgos atribuibles a la construcción.

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También ha surgido por la desconfianza en el desempeño de supervisores que no cuentan con ninguna certificación y que, en algunos casos, emiten resultados a modo.

Para la eficacia de la supervisión independiente o 'de tercera parte', los supervisores, inspectores o verificadores deben estar cualificados y ser certificados, tanto en lo individual como corporativamente.

La supervisión técnica implica verificar que se cumplan los criterios del proyecto con base en los requerimientos del contrato, las regulaciones y las normas que determinan la calidad esperada, al inicio, durante y al término de la obra.

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En Europa existe Consortium of European Building Control (CEBC), que representa a los profesionales del control de las edificaciones. Sus 35 miembros incluyen departamentos gubernamentales, organismos profesionales e instituciones y empresas privadas. Cada país en Europa tiene sus propias normas nacionales de construcción.

En Australia, el Building Stage Inspections for Quality Assurance vigila el cumplimiento de los Códigos de Edificación y sus estándares. Todos los reportes de inspección son apoyados para respaldar la calidad de las construcciones y también proveen asesoría o asistencia al propietario durante el proceso constructivo.

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En el sistema americano existen agencias aprobadas, que se apegan a los requisitos de competencia técnica y confiabilidad. Para ello, existen procedimientos para la certificación que demuestran la capacidad requerida.

Estas breves experiencias pueden evaluarse con el fin de generar una figura de supervisión en nuestro país. Y extendida a las obras, tanto privadas como públicas, en estas últimas —si bien existen procesos de vigilancia y cumplimiento generales, a través de la Ley de Obra Pública— todavía se pueden generar más instrumentos de vigilancia que aseguren calidad y eficiencia en la aplicación de recursos, y salvaguarden vidas humanas. 

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* Evangelina Hirata es directora ejecutiva del Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S.C. (ONNCCE). Con estudios de posgrado en Urbanismo en Japón, España y México. 

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