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Los derechos que condonará la CDMX para incentivar la vivienda

El gobierno capitalino publicó los lineamientos en la Gaceta Oficial; los beneficios deberán tramitarse a más tardar el 15 de diciembre de 2017.
mar 18 abril 2017 11:54 AM
vivienda
vivienda - (Foto: Cuartoscuro)

Con el fin de incentivar la construcción y regularización de viviendas en la Ciudad de México, el gobierno capitalino condonará 100% el pago de diversos derechos y aprovechamientos.

Quienes construyan desarrollos habitacionales financiados por entidades de la administración pública local no pagarán por los conceptos establecidos en los artículos 300, 301 y 302 del Código Fiscal de la Ciudad de México, ya sea de viviendas unifamiliares de no más de 200 metros cuadrados, ampliaciones, reparaciones, modificaciones; o por obras de mayor tamaño.

Tampoco se pagarán derechos por la instalación, reconstrucción, reducción o cambio de lugar de tomas de agua potable o residual tratada y su conexión a las redes de distribución ni por las de desagüe; así como por los trámites y estudios, y la autorización para usar esas redes.

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El documento, publicado en la Gaceta Oficial, indica que los beneficios deberán tramitarse a más tardar el 15 de diciembre de 2017 ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, los relacionados con agua y drenaje, y ante la Administración Tributaria Coruña, los de construcción de vivienda.

Facilidades para regularización

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El gobierno de la ciudad también otorgará facilidades administrativas para la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de Viviendas de Interés Social o Popular, incluidos los locales comerciales dentro del inmueble.

Así como para la regularización de viviendas construidas o financiadas por instituciones públicas locales o federales mediante la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio y la individualización de las unidades privativas resultantes.

Para apoyar y facilitar la constitución de ese régimen, los interesados tendrán 100% de descuento en el pago de impuesto predial; contribuciones de mejoras; derechos por el registro de manifestación de construcción tipos A, B y C; derechos por los servicios de construcción y operación hidráulica.

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También por los derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio; por el registro de fusión, subdivisión, lotificación o relotificación de predios; por servicios que presta el Archivo General de Notarías; por alineamiento y número oficial de inmuebles; por publicaciones.

Se exime del pago de derechos por Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo; por demolición que preste la Ciudad de México; por la expedición de copias certificadas de heliográficas de plano y constancias de adeudos, y por revisión de datos e información catastrales.

Así como por aprovechamientos por efectos de impacto vial; por construcciones o sus ampliaciones, y las multas por falta de obtención de las licencias relativas a las construcciones existentes y por la no presentación de los avisos correspondientes.

Para apoyar y facilitar la formalización de las transmisiones de las Unidades de Propiedad Exclusiva resultantes de la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio se condona 100% del pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, del derecho del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, y por la expedición de constancias de adeudos y documentos varios.

Estos beneficios surtirán efectos a partir del 19 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2017.

 

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